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Mendoza habilita el envío de videos por WhatsApp para reportar infracciones viales
La Provincia de Mendoza sancionó la Ley N°9701 , mediante la cual se incorpora el artículo 120 bis a la Ley 9024 , que habilita a cualquier persona a remitir material audiovisual, incluidos videos enviados por WhatsApp, para reportar posibles infracciones a la normativa vial. La norma, publicada en el Boletín Oficial el 13 de abril de 2026, introduce una herramienta que busca fortalecer el control vial mediante la colaboración ciudadana, incorporando canales digitales oficial

A. Monserrat Ortega
14 abr2 Min. de lectura


Uso de la inteligencia artificial en escritos judiciales: dos posturas dentro de la Suprema Corte mendocina
Al confirmar el rechazo de una demanda por falta de legitimación pasiva, la Suprema Corte de Mendoza abrió un debate novedoso sobre el uso de inteligencia artificial en escritos judiciales. La mayoría advirtió que los modelos generativos pueden ser útiles, pero exigen supervisión humana estricta y justifican un llamado de atención cuando se detectan citas imprecisas o no verificables. En disidencia parcial, el voto minoritario sostuvo que no puede presumirse uso indebido de I

A. Monserrat Ortega
27 mar3 Min. de lectura


Prescripción y prueba digital: ¿qué plazo de prescripción se aplica cuando cambia la ley? ¿Implica reconocimiento de deuda un correo electrónico?
Por aplicación de las pautas interpretativas de derecho transitorio, la SCJM entendió que resultaba aplicable el plazo de prescripción del Código Civil de 2 años para la responsabilidad extracontractual y no el plazo de 3 años que prevé el Código Civil y Comercial. Por otra parte, consideró no acreditado el reconocimiento de deuda alegado e interpretó el valor probatorio de emails como prueba digital. Desde esta perspectiva, rechazó el recurso extraordinario provincial y la d
Tomas Casetti
25 mar5 Min. de lectura


Prueba digital ¿Qué valor probatorio tiene un acta notarial que constata ofensas al honor en una red social?
La SCJM admite el recurso extraordinario interpuesto por la demandada y revoca el fallo de Cámara, al entender que no se encontraba acreditada la autoría de la publicación, luego de valorar el acta notarial que daba cuenta de las ofensas proferidas al actor en una red social. Carátula : " Piazza Pablo Licurgo En J° 13-06935214-0 (010301-58300) Rodriguez Adrian Horacio C/ Piazza Pablo Licurgo P/ Daños Y Perjuicios P/ Recurso Extraordinario Provincial " Expte N° : 13-06935214
Tomas Casetti
2 mar5 Min. de lectura


Despido con causa: ojos que no ven, Facebook te lo cuenta
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso extraordinario provincial interpuesto por una trabajadora embarazada contra la...
Juan Salvador
28 abr 20255 Min. de lectura


Adquisición, preservación y valoración de la evidencia digital en el sumario administrativo
En este fallo, la Sala II de la SCJM examinó un sumario administrativo que resultó en la cesantía de una agente de la Policía de Mendoza....
Leandro Nicolás Quiroga Nacif
28 oct 20245 Min. de lectura
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