Mediante la Resolución N° 75/24 ATM introdujo modificaciones en la Resolución General N° 24/12 con el propósito de adaptarla al Régimen de Regularización de Activos implementado por ley 27.743, al cual la Provincia de Mendoza adhirió por Ley N° 9575. La modificación tiene por finalidad evitar que los contribuyentes sufran retenciones o percepciones cuando las operaciones se vinculan con el blanqueo de capitales.
Por medio de la Ley N° 9575 la Provincia de Mendoza adhirió al Régimen de Regularización de Activos implementado en el Título II de la Ley Nacional 27.743, respecto a los tributos locales.
La norma provincial excluye del régimen de retención y percepción vigente en la Provincia a los depósitos efectuados conforme a los artículos 31 y 32 de la Ley Nacional N° 27.743, a nombre de los beneficiados del régimen.
Con motivo de la adhesión de la Provincia al régimen nacional resultó necesario introducir nuevas exclusiones en la Resolución General N° 24/12 que establece el régimen de recaudación de Impuesto sobre los Ingresos Brutos adecuado al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias "SIRCREB" para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes locales.
Así, por medio de la Resolución N° 75, ATM resuelve sustituir el inciso 17 del artículo 7° de la Resolución General N° 24/12, por el siguiente: “Las cuentas abiertas -conforme las normas que dicte el Banco Central de la República Argentina- con el fin de ser utilizadas en forma exclusiva para exteriorizar las tenencias en moneda nacional y/o extranjera en efectivo, en el marco de lo establecido por los artículos 31 y 32 del Título II de la Ley Nacional N° 27.743”.
La Resolución acuerda como inicio de su vigencia la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, esto es el día 06/11/2024.
Para conocer más sobre la Resolución N° 75/24 de ATM, click aquí.
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