La SCJM reglamenta los requisitos formales para la presentación del recurso de apelación
- Evangelina Barroso
- 2 jul
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Mediante la Acordada N° 31.962, la SCJM reglamenta los requisitos formales para la presentación del recurso ordinario de apelación, en consonancia con la celeridad procesal y la digitalización de los expedientes. A través de esta reglamentación, se dispone esencialmente un límite a la extensión de los recursos de apelación, considerando que de esta manera se contribuirá a dar una respuesta más expeditiva a las controversias llevadas a conocimiento de las Cámaras de Apelación Civiles, Comerciales, Paz, Minas y Tributarios de la provincia, con el beneficio que ello supone en orden a la eficiente administración de justicia. A continuación, detallamos los aspectos más relevantes de la resolución.

Extensión y formato del escrito de fundamentación del recurso de apelación
Máximo 40 páginas, 26 renglones por página, tamaño de letra mayor a 12 y, en línea con el art. 50 CPCCM.
Alcance de la reglamentación
Se aplica también a los escritos de contestación de traslado y a las memorias facultativas.
Ámbito
Cámaras de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Paz, Minas y Tributario de la Provincia de Mendoza.
Saneamiento de defectos formales
Si el recurso incumple cualquiera de esos requisitos formales detallados precedentemente, el tribunal emplazará al recurrente por 5 días para adecuarlo.
Consecuencia del incumplimiento
Vencido el plazo sin ajustes, se desestimará el recurso de apelación.
Entrada en vigencia
Rige para recursos interpuestos a partir del 1 de agosto de 2025.
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