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Un estudio jurídico no es consumidor en caso de incendio. La delgada línea entre el principio de congruencia y el iura novit curia
En este fallo, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió por mayoría que el seguro contratado para resguardar las instalaciones de un estudio jurídico funciona como un insumo de la actividad profesional y no como destino final. Asimismo, la Corte confirmó que la inaplicabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor puede declararse de oficio por tratarse de una norma de orden público, aun cuando las partes hayan trabado la litis bajo dicho régimen. En el caso concreto ex
Gaspar Linares Rodríguez
hace 1 día5 min de lectura
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