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Obra pública: nuevo reglamento del RACOP

En el Boletín Oficial Del día de la fecha (10/06/2025) se publicó el Decreto Nº 1258 que aprueba un nuevo Reglamento de Ejecución del Registro de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas (RACOP) y deroga el Decreto Nº 1033/22, vigente hasta el momento. Debajo los principales cambios.

Objetivos Declarados

El decreto establece que las modificaciones implementadas buscan:

  • Agilizar los procesos de inscripción y renovación de empresas

  • Ampliar la participación de oferentes en licitaciones públicas

  • Mejorar la calidad técnica de las ofertas presentadas


Definiciones y Alcance

Concepto de Empresa

El reglamento define como “Empresa” a las personas humanas y/o jurídicas constituidas según la normativa vigente que soliciten inscripción y habilitación en el RACOP para:

  • Ejecutar trabajos de obra pública

  • Proveer materiales necesarios para obras públicas

  • Brindar servicios de industria y trabajos en general para obras públicas


Naturaleza del Registro

  • Característica: Registro público de publicidad restringida

  • Dependencia: Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial

  • Obligatoriedad: Inscripción obligatoria para desarrollar actividades mencionadas en los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 4416/80


Vigencia y Disposiciones Transitorias

  • Entrada en vigor: A partir de la publicación en el Boletín Oficial

  • Prórroga especial: Los certificados RACOP vigentes se extienden hasta el 30 de agosto de 2025


Estructura Organizacional del RACOP

Órganos de Dirección

  • Dirección: A cargo de un profesional universitario designado por el Poder Ejecutivo

  • Subdirección: Profesional universitario de ingeniería, arquitectura, ciencias económicas o jurídicas

  • Área Técnica: Integrada por ingeniero en construcciones/civil/arquitecto, contador y abogado

  • Área Administrativa


Consejo del RACOP

Composición:

  • 4 representantes de la Administración Pública

  • 3 representantes del sector privado


Representantes del Sector Público:

  • Director y Subdirector del RACOP

  • Profesional del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial

  • Profesional de organismos como DGI, Dirección Provincial de Vialidad o Instituto Provincial de la Vivienda


Representantes del Sector Privado:

  • Consejo Profesional de Ingenieros y Geólogos de Mendoza

  • Colegio de Arquitectos de Mendoza

  • Cámaras de la construcción con personería jurídica


Requisitos para Inscripción y Renovación

Documentación General Requerida

  • Solicitud de inscripción/renovación con domicilio especial en Gran Mendoza

  • Comprobante de pago del arancel (validez: 2 años)

  • Constancia de inscripción en organismos fiscales nacionales y provinciales

  • Balance General de los últimos 5 años dictaminado por Contador Público

  • Certificado vigente del IERIC (para empresas constructoras)

  • Designación de representante técnico habilitado


Plazos y Procedimientos

  • Plazo para completar trámite: 2 meses desde pago del arancel

  • Plazo de respuesta del RACOP: 10 días desde presentación completa

  • Vigencia de habilitación: 18 meses desde cierre del último balance


Especialidades y Capacidades

Clasificación por Especialidades

  • Especialidad A: Arquitectura, Vial y Ferroviaria, Hidráulica, Saneamiento y Redes

  • Especialidad B: Proveedores de materiales, servicios de industria y trabajos generales


Capacidad Económica Financiera (CE)

Cálculo: CE = Capacidad Básica × Factor de Habilitación

Capacidad Básica: Promedio de los 3 ejercicios con mayor producción de los últimos 7 años

Factor de Habilitación: Suma de índices económico-financieros (valor entre 0 y 6):

  • Liquidez Corriente

  • Solvencia

  • Capital Propio

  • Endeudamiento


Causales de Denegación

Impedimentos para Inscripción

  • Falta de pago del arancel correspondiente

  • Carencia de capacidad legal para contratar

  • Ausencia de inscripción en Registro Público

  • Estado de quiebra

  • Capital de trabajo nulo o negativo

  • Suspensiones por sanciones del RACOP

  • Titulares/directivos en Registro de Deudores Alimentarios Morosos


Régimen Sancionatorio

Tipos de Sanciones

Apercibimientos:

  • Incumplimiento de documentación en licitaciones

Suspensión hasta 1 año:

  • Abandono de obra

  • Incumplimiento de obligaciones de comunicación

  • Representante técnico en múltiples empresas licitantes

  • Acumulación de 3 apercibimientos

Suspensión hasta 2 años:

  • Divergencias entre situación jurídica y declaraciones juradas

  • Declaración falsa de obras o porcentajes de participación

  • Presentación de comprobantes fiscales adulterados

  • Acuerdos tácitos entre empresas en licitaciones


Empresas Extranjeras

Habilitación Especial

  • Solicitud con 20 días de anticipación a apertura de licitación

  • Documentación traducida por traductor público matriculado

  • Antecedentes técnicos de al menos 3 obras públicas en últimos 10 años

  • Estados financieros según NIIF auditados con NIAs

  • Designación de representante legal en Argentina


Recursos para Funcionamiento

Financiamiento

  • Aranceles establecidos en Ley Impositiva Provincial

  • Destinación: gastos corrientes, de capital y servicios generales

  • Exclusión: partidas de personal


Administración de Fondos

  • Responsables: Director del RACOP y responsable del área contable designado por el Ministerio


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