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Plazo de acreditación de personería: ¿nueva interpretación o correcta aplicación?
Por Victoria Pasetti La Corte mendocina dejó sin efecto el desglose de una presentación por el mero vencimiento del plazo del art. 29 CPCCT por considerar que, de acuerdo con las circunstancias fácticas del caso y el espíritu de la normativa aplicable, la decisión de la Cámara constituía un supuesto de excesivo rigor formal. Carátula: “ MONTOYA Héctor Omar en J° 32.406 MONTOYA, Héctor Omar c/ Troncoso Hugo Omar p/ Apelación (32406) p/Recurso Extraordinario Provincial ” Expe
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hace 1 día3 Min. de lectura


Excesivo rigor formal. Aplicación flexible de las normas procesales sobre personería
En este caso, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza revocó la sentencia de la Cámara Laboral. Consideró que la acción para interponer...
Juan Salvador
27 mar 20254 Min. de lectura
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