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Los colegios privados incorporados a la enseñanza oficial no son organismos provinciales a los fines del cómputo de antigüedad en el empleo público
La Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó la demanda de un ingeniero del Instituto Provincial de la Vivienda que pretendía el reconocimiento de antigüedad por los años en que se desempeñó como docente en un colegio privado incorporado a la enseñanza oficial. El tribunal coincidió en el resultado pero se dividió en los fundamentos. Carátula: " Campanella, Dante Angel c/ Instituto Provincial de la Vivienda p/ Acción Procesal Administrativa " Expediente:
Leandro Nicolás Quiroga Nacif
hace 13 horas4 Min. de lectura
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