Con su publicación en el Boletín oficial entró en vigencia la Ley 9587 y su decreto reglamentario que modifica el régimen en materia de licencias de conducir.
Una de las novedades más destacadas de la nueva regulación es la extensión de la vigencia de la Licencia de Conducir, asimismo se mantiene la adhesión parcial a la Ley Nacional de Tránsito 24.449, y la edad mínima de 18 años para obtener una licencia en Mendoza.
Además, se mantiene la reserva sobre la expedición de licencias clase D (transporte de pasajeros) únicamente a mayores de 21 años, con la excepción del personal policial y penitenciario que cumpla funciones de chofer.
La nueva normativa también establece cambios en la vigencia de las licencias según la edad del conductor:
Hasta los 65 años: 10 años de vigencia (reducido a 5 años para reincidentes en ciertas infracciones)
De 66 a 75 años: 5 años de vigencia
A partir de los 76 años: 3 años de vigencia
En cuanto a la renovación de las licencias, se fijan nuevos requisitos, como aprobar un examen psicofísico y una reducción del 50% en el arancel para los mayores de 65 años. Cabe destacar que no se exigirá un nuevo examen práctico, salvo indicación médica expresa.
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