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La huelga como derecho reconocido: la Corte Internacional de Justicia resuelve una disputa histórica en el seno de la OIT

El 21 de mayo de 2026, la Corte Internacional de Justicia emitió su Opinión Consultiva sobre el derecho de huelga en el marco del Convenio sobre la Libertad de Asociación y la Protección del Derecho de Sindicación de la OIT (N.° 87, 1948), respondiendo a una solicitud formulada por el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo en noviembre de 2023.

La pregunta central que la CIJ debió responder fue: ¿está el derecho de huelga de los trabajadores y sus organizaciones protegido por el Convenio N.° 87?

El máximo tribunal de la ONU concluyó que este convenio sobre la libertad sindical protege implícitamente el derecho de huelga de los trabajadores, aunque esta interpretación no importa un pronunciamiento sobre el contenido concreto, el alcance ni las condiciones de ejercicio del derecho de huelga, cuestiones que siguen dependiendo de la legislación nacional de cada Estado y de los mecanismos internacionales competentes.

Debajo te dejamos el archivo en su versión original (inglés).


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