Despido con justa causa y ejercicio razonable del poder disciplinario: la antigüedad y la ausencia de sanciones previas condicionan la validez de la máxima sanción
- Carolina Ramiro

- 28 may
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La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dejó sin efecto un fallo de Cámara que avalaba el despido con causa de un empleado con 13 años de antigüedad por haber simulado el cambio de un filtro automotor. El Máximo Tribunal consideró que, pese a la existencia del hecho, la empresa falló en respetar los principios de contemporaneidad y progresividad de las sanciones.

Carátula:
Expediente:
CUIJ: 13-06780662-4/1
Tribunal:
SCJM
Fecha:
05 de marzo de 2026
Votos:
Palermo-Gómez
Hechos relevantes
Un trabajador con 13 años de antigüedad en la empresa fue desvinculado el día 12/11/2019 con justa causa, tras haber verificado el empleador que había simulado el cambio del filtro de habitáculo del vehículo de un cliente, cuando en realidad había dejado el filtro viejo. El servicio técnico al rodado se había efectuado en fecha 30/08/2019.
Posición de las partes
Parte actora: sostuvo que el despido fue arbitrario y desproporcionado, atento a que no se respetó el principio de contemporaneidad, ya habían pasado 74 días entre el supuesto hecho y la notificación del despido. Destacó que en sus 13 años de servicio jamás había recibido una sola sanción disciplinaria. Alegó que la empresa no sufrió un perjuicio económico, ni de imagen real, que justificara la máxima sanción. Impugnó las actas notariales considerando que eran "prueba ilegal" (violación del derecho de defensa) debido a que lo obligaron a declarar ante un escribano contratado por la empresa, sin presencia de un abogado, testigo o delegado sindical.
Parte demandada: sostuvo que la demora de dos meses al imponer la sanción de despido se debió a un retraso del propio cliente en verificar el incumplimiento y denunciarlo, habiendo quedado el hecho plenamente probado a través de las actas notariales (donde el cliente mostró fotos del filtro marcado, el repuestero confirmó haberle entregado los filtros nuevos al empleado, y éste habría reconocido el hecho). Además, argumentó que el servicio al cliente y la garantía del trabajo son pilares fundamentales para un concesionario oficial, y que la simulación pudo haber derivado incluso en una denuncia penal.
Sentencia de la Primera Cámara Laboral
La Cámara rechazó la demanda del trabajador, considerando al acta notarial de constatación prueba válida atento a que el trabajador no la redarguyó de falsedad. Además, consideró que los testigos y el cliente ratificaron el hecho en el juicio.
En relación al requisito de la contemporaneidad consideró que la notificación no fue tardía por parte de la empresa, ya que la demora se debió a la tardanza del cliente en verificar el auto y hacer la denuncia.
Por último, ponderó la gravedad de la injuria que impedía proseguir el vínculo, atento a que la simulación del trabajo por parte del empleado generaba un grave desprestigio comercial para un concesionario oficial y quebraba de forma irreversible la confianza del cliente.
Sentencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza
El máximo tribunal revocó la sentencia de Cámara y declaró que el despido fue injustificado, haciendo lugar a la demanda. Sus fundamentos principales fueron:
Falta de proporcionalidad y razonabilidad (arbitrariedad de la Cámara):
La Corte señaló que la Cámara omitió valorar los antecedentes del trabajador. Para el tribunal, aplicar la sanción máxima (despido) a un empleado con más de 13 años de antigüedad y sin sanciones administrativas previas, resultó ser una medida desproporcionada.
La empresa disponía de herramientas intermedias y más moderadas (advertencias, llamados de atención o suspensiones) para corregir la conducta y preservar el empleo (principio de conservación del contrato, Art. 10 LCT).
Falta de contemporaneidad:
La Corte ratificó que entre la falta y el despido debe existir una relación de causa-efecto inmediata y actual.
El lapso de casi dos meses y medio (del 30/08 al 12/11) rompe el requisito de simultaneidad que exige la ley (Art. 242 LCT), por lo que la sanción perdió actualidad.
Solución del caso:
Hace lugar parcialmente al recurso extraordinario del empleado.
Revoca la sentencia de Cámara.
Costas a la vencida.

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