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Analizar con perspectiva de género detuvo el progreso de una acción reivindicatoria

Actualizado: 28 sept 2022

En los autos CUIJ: 13-03818211-5/2((010303-53333)) Caratulados “Rodriguez Silvina Edith En J°251581/53333 Mendoza Claf S.A. C/ Rodriguez Silvina Edith P/ Reivindicación P/ Recurso Extraordinario Provincial” de sentencia del 14 de Junio de 2021, la Corte rechazó la demanda por reivindicación en razón de haberse analizado el caso desde la óptica de la perspectiva de género.

La cuestión a resolver en la causa consistió en determinar si resultaba arbitraria o normativamente incorrecta la sentencia de Cámara que confirmando la de la instancia anterior, admitió la demanda de reivindicación entablada por Mendoza Claf S.A., al considerar que no se probaron las excepciones planteadas como defensa y que la violencia de género alegada por la demandada no podía ser analizada dada la especificidad del proceso de reivindicación al afirmar la alzada que se convierte en una vía inadecuada para el análisis de un fenómeno que trasciende el campo propio de una acción destinada a defender el derecho de dominio.

Lo relevante de la solución arribada es que, en propias palabras de la Dra. Day, desde la mirada estricta de la ley civil, el caso fue analizado correctamente por ambas instancias (la sentencia de primera instancia y de Cámara serían acertadas), pero en razón que el caso no fue analizado desde la óptica necesaria y obligatoria de la perspectiva de género, el resultado fue el contrario.

El caso fue resuelto por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Sala Primera, con el voto preopinante de la Dra. María Teresa Day.

Carátula:

“Rodríguez Silvina Edith En J°251581/53333 Mendoza Claf S.A. C/ Rodríguez Silvina Edith P/ Reivindicación P/ Recurso Extraordinario Provincial”

N° de expte:

13-03818211-5/2((010303-53333))

Tribunal:

Sala I Suprema Corte de Justicia de Mendoza

Fecha:

14/06/2021





Resumen del fallo:



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